En el marco del quinto examen periódico, los días 9 y 10 de junio, en Ginebra, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales de las Naciones Unidas analizó el informe presentado por el Gobierno
de Chile, respecto de la situación de
esos derechos en el país. Chile es uno de los 164 Estados que ha
ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(PIDESC), y como tal debe emitir
informes regulares al Comité. Los/as integrantes
del Comité realizan consultas a la delegación del gobierno sobre el texto
presentado y posteriormente emiten un informe y recomendaciones.
El Ministro de Desarrollo Social,
Marcos Barraza, Jefe de la Delegación Chilena, realizó la presentación del
gobierno ante los expertos del Comité especializado de Naciones Unidas. Al
término de la sesión, el Ministro subrayó el esfuerzo del gobierno para incorporar un enfoque de derechos a las políticas públicas.
“Si bien esto no ha sido fácil por las fuertes resistencias de tipo ideológicas
que aún perduran a dicho enfoque, cada día esta visión toma más lugar en
nuestro país”…“lo que trasunta a esta resistencia es una manera de concebir al
rol que le cabe al Estado en el desarrollo de políticas públicas. La mirada
neoliberal ortodoxa que asigna al Estado un rol “subsidiario” de apoyo a los
más débiles, lo que se contrapone a aquella en la que trabajamos hoy, que busca
garantizar derechos en una perspectiva de universalidad”. (Prensa Ministerio de Desarrollo Social)
Como es normal en todas las
presentaciones al Comité DESC, la Sociedad Civil tiene la
facultad de presentar un Informe Alternativo, que exponga la visión crítica y
el sentir de las organizaciones sociales, respecto al nivel de cumplimiento por
parte del Estado de los compromisos adquiridos en esta materia.
El actual Informe Alternativo de
la Sociedad Civil fue coordinado por
Corporación Humanas y redactado junto a 16 organizaciones de la sociedad civil,
abarcando lo que a juicio del mundo social, son las principales carencias que
enfrenta Chile en la temática. El Informe Alternativo incluye recomendaciones
que el Estado de Chile debe responder.
Algunas de las recomendaciones
del Informe Alternativo fueron:
En el Artículo 1 sobre el Derecho a Disponer
Libremente de las Riquezas y Recursos Naturales, se recomienda: Incorporar en
la Carta fundamental el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas.
Diseñar e implementar un mecanismo de consulta previa efectivo y acorde a los
estándares internacionales, en conjunto con las instituciones representativas
de los pueblos indígenas. Implementar
reformas institucionales, con
representantes de pueblos indígenas, que permitan la plena participación de los
pueblos indígenas en la vida política, en particular de las mujeres indígenas. Ver
Texto completo del Informe Alternativo en: http://www.humanas.cl/wp-content/uploads/2015/06/Informe-DESC-ONGs-Chile.pdf
En el Artículo 2, sobre No
Discriminación se recomienda: Modificar la Ley contra la Discriminación.
Adecuar la legislación interna para una efectiva protección de los derechos de
las personas con discapacidad. Revisar el proyecto de ley de migraciones
integrando el derecho internacional de los derechos humanos.
En el Artículo 3, sobre Igualdad
de Género, se recomienda: Impulsar la creación de leyes para la igualdad que promuevan
responsabilidades compartidas en el ámbito doméstico, que faciliten la inserción
de la mujer en el mundo laboral. Avanzar en la presentación de una ley de
igualdad que promueva la participación equilibrada de hombres y mujeres en las
empresas públicas y privadas, y en todos los cargos de representación y
designación.
En el Artículo 6 sobre el Derecho
a Trabajar, se recomienda: Promover la formalización laboral de las mujeres,
con contrato de trabajo y cotizaciones previsionales y ampliar la cobertura de
derechos laborales para mujeres trabajadoras informales. Implementar políticas
públicas para eliminar la discriminación hacia personas LGTBI mediante de campañas
de sensibilización, especialmente en el ámbito laboral.
En el Artículo 7, sobre El Derecho
a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, se recomienda: Ajustar
la jornada laboral de las trabajadoras de casa particular a la jornada laboral de
trabajadores en el país. Fortalecer la protección de los derechos laborales de
los y las trabajadoras temporeras. Legislar para inclusión laboral de personas
con discapacidad.
En el Artículo 8, sobre Derechos
Sindicales, se recomienda: Garantizar el derecho efectivo a huelga y
negociación colectiva, sin posibilidad de reemplazo de trabajadores/as en
huelga e Impulsar normativas que
fortalezcan la organización sindical.
En el Artículo 9, sobre Derecho a
la Seguridad Social, se recomienda: Realizar cambios legales para establecer un
sistema de pensiones público y no privado, sustentado en la solidaridad, la
igualdad y la no discriminación.
En el Artículo 11, sobre Un Nivel
de Vida Adecuado, se recomienda: Elaborar un plan integral para disminuir la pobreza
y desigualdad que asegure un adecuado acceso a la educación, salud, vivienda y
seguridad social para todos y todas. Modificar la legislación en materia de
derecho al agua, garantizando el acceso y goce del agua potable especialmente a
las comunidades indígenas y comunidades agrícolas y ganaderas.
En el Artículo 12,
sobre Derecho a la Salud Física y Mental, se recomienda: Despenalizar el
aborto por tres causales: riesgo de vida para la mujer embarazada, inviabilidad
fetal y violación. Garantizar el acceso a prestaciones de salud para las
personas con discapacidad. Modificar la Ley que establece normas relativas VIH
con una perspectiva de derechos.
En los Artículos 13 y 14 sobre Derecho a la Educación, se recomienda:
Asegurar a niños/as y adolescentes educación de calidad sin discriminaciones
por situación socioeconómica familiar, enfatizando la educación en derechos
humanos en todos los niveles. Incorporar
políticas públicas que tiendan a una educación libre de estereotipos, no
discriminatoria e inclusiva.
Ronald Wilson

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